Cuando lo folios o seriales se han destruido, extraviado o desfigurado, se puede reconstruir con base en el duplicado que reposa en la Dirección Nacional de Registro Civil y a falta de éste con una copia auténtica o reproducción del mismo que tenga el interesado.
Acto mediante el cual se registran las escrituras públicas en la oficina de registro de instrumentos públicos correspondiente. Dicho registro se debe hacer cuando un inmueble se hipoteca, vende, afecta con algún gravamen o limitación al dominio, entre otros. Esta anotación en el registro permite la publicidad del inmueble y da a conocer frente a terceros las condiciones en que éste se encuentra.
Cuando los registros civiles se encuentren deteriorados, un funcionario competente podrá realizar una sustitución mediante una reproducción exacta de ellos, con anotación de tal circunstancia, autorizándolos con su firma, archivando y sustituyendo el registro deteriorado, el cual debe archivarse.
Acto mediante el cual por acuerdo mutuo de las partes, se deja sin efecto un contrato realizado con anterioridad, es decir las cosas vuelven a su estado inicial.