El Protocolo Notarial es la sucesión metódica de las escrituras públicas que el notario ha autorizado y tiene, en libros que las ordenan, bajo su custodia legal.
La protocolización consiste en incorporar al protocolo una Escritura Pública por voluntad del interesado, por mandato legal, o por orden del juez.
Categoría:
Escrituración
Requisitos: CIERTOS ACTOS QUE POR MANDATO LEGAL HAN DE PROTOCOLIZARSE.
NOTA: El registro de defunción por causas naturales debe producirse dentro de los 2 días siguientes a aquel en se produjo la muerte, de lo contrario se requerirá autorización judicial.
Pasos del trámite: CIERTOS ACTOS QUE POR MANDATO LEGAL HAN DE PROTOCOLIZARSE.
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