Es la diligencia mediante la cual el notario le da autenticidad a la firma que lleva un documento, por corresponder a aquella que previamente había sido registrada ante él por el interesado.
“El notario podrá dar testimonio escrito de que la firma puesta en un documento corresponde a la de la persona que la haya registrado ante él, previa confrontación de las dos”.
Artículo 73 del decreto 960 de 1970.
Categoría:
Autenticación
Requisitos:
Pasos del trámite: Acercarse a la Notaría.
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